Glenn Hegar
Texas Comptroller of Public Accounts
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Comprando un Negocio Existente

Antes de comprar un negocio existente, averigüe si el negocio debe algún impuesto de Texas. Si planea comprar un negocio existente, el inventario de un negocio existente o el nombre y el fondo de comercio de un negocio existente, asegúrese de comunicarse con la oficina de la Contraloría y solicitar un Certificado de No Impuesto Adeudado. No hacerlo lo hace a usted (el comprador) responsable de cualquier impuesto o tarifa estatal vencida, más cualquier interés y multa que deba la empresa.

La Sección 111.020 del Código Tributario de Texas establece que, si una persona que es responsable de un impuesto vende el negocio, el comprador debe retener una cantidad del precio de compra suficiente para pagar la cantidad de cualquier impuesto adeudado a menos que:

  • El vendedor proporcione un recibo o una declaración del Contralor que demuestre que el impuesto ha sido pagado o que no se debe ninguna cantidad; o
  • El comprador solicita y recibe un Certificado de No Impuesto Adeudado por parte del Contralor.

Responsabilidad del Sucesor

Si el propietario actual del negocio debe impuestos y el depósito en garantía cierra sin un Certificado de No Impuesto Adeudado, el comprador es responsable de los impuestos no pagados hasta el precio de compra del negocio, incluida cualquier suposición de endeudamiento. El Certificado de No Impuesto Adeudado debe solicitarse antes de que se cierre la venta para absolver al comprador de responsabilidad.

Responsabilidad del Vendedor

Solo el comprador está protegido por un Certificado de No Impuesto Adeudado. El vendedor del negocio seguirá siendo responsable de todas y cada una de las obligaciones fiscales, de multas y/o intereses que ocurrieron antes de la fecha de la venta. Si el negocio no se vendió realmente, los Certificados de No Impuesto Adeudado emitidos no tienen ningún efecto y el vendedor continuará debiendo cualquier responsabilidad adeudada.

Solicitando un Certificado de No Impuesto Adeudado

Debido a los cambios realizados por el Proyecto de Ley del Senado 873, 87a Legislatura de Texas, el vendedor y el comprador del negocio o los activos deben solicitar conjuntamente el Formulario 86-114, Solicitud Conjunta de Certificado de No Impuesto Adeudado (PDF). Todos los campos deben completarse y el formulario debe estar firmado por representantes autorizados tanto del vendedor como del comprador. Si un agente de cierre está solicitando el (los) documento (s), su información debe incluirse en el formulario. El formulario completo debe ser enviado a la oficina de la Contraloría por uno de los siguientes métodos:

  • Por correo electrónico a cntd@cpa.texas.gov;
  • Por fax al 512-475-0349; o
  • Por correo a la siguiente dirección:
    Texas Comptroller of Public Accounts
    P.O. Box 13528
    Austin, TX 78711-3528

No hay ningún cargo por el certificado.

Revisión de la Cuenta y los Resultados

El personal del Contralor revisará la solicitud de un Certificado de No Impuesto Adeudado y, si es necesario, auditará los registros comerciales del vendedor. Uno de los tres resultados se enviará a los solicitantes:

  • Un Certificado de No Impuesto Adeudado si el negocio ha presentado todas las declaraciones adeudadas y no debe ningún impuesto, multa o interés;
  • Una carta explicando por qué no se pudo emitir un certificado; o
  • Un Estado de Cuenta que muestre cualquier impuesto que se encuentre adeudado.

Tipos de Impuestos Específicos

El Certificado de No Impuesto Adeudado es específico de impuestos. Cuando se recibe una solicitud de un Certificado de No Impuesto Adeudado, la oficina de la Contraloría revisará todos los impuestos estatales por los cuales el negocio está permitido o se determina que es responsable. Cada impuesto se abordará por separado. Por ejemplo, si hay una obligación pendiente para un tipo de impuesto, no retrasará la emisión de certificados para otros tipos de impuestos para los que el vendedor está permitido. Los tipos de impuestos para los que el vendedor no está permitido no son elegibles para un Certificado de No Impuesto Adeudado.

Impuestos Adeudados

Si la oficina de la Contraloría determina que el propietario actual del negocio debe impuestos y no emite el Certificado de No Impuesto Adeudado, la Oficina de la Contraloría emitirá un Estado de Cuenta a todas las partes que muestre los montos adeudados. El comprador está obligado a retener una cantidad suficiente del precio de compra del negocio para cubrir los impuestos, multas e intereses adeudados hasta que el vendedor produzca uno de los siguientes:

  • Un recibo de la oficina de la Contraloría que demuestre que se han pagado los montos adeudados; o
  • Un Certificado de No Impuesto Adeudado.

Permisos Cerrados

La oficina de la Contraloría revisará los impuestos para los cuales se ha cerrado el permiso, si la cuenta se cerró en los últimos cuatro años. El Certificado indicará una fecha de emisión que muestre la última fecha en que se permitió al vendedor. La oficina de la Contraloría no revisará las cuentas para las cuales el permiso haya estado cerrado por más de cuatro años.

Confidencialidad

Los montos de las obligaciones tributarias son confidenciales y solo se pueden liberar a personas autorizadas.

Tiempo de Respuesta

Procesar una solicitud para el Certificado de No Impuesto Adeudado puede tomar hasta 90 días si es necesaria una auditoría de los libros y registros del vendedor. Si no se requiere una auditoría, el Certificado de No Impuesto Adeudado o el Estado de Cuenta que enumera los montos adeudados generalmente se emite dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de recepción de una solicitud adecuada en el Formulario 86-114.

Consejos útiles

Seguir estos consejos útiles puede reducir el tiempo de respuesta en las solicitudes de Certificados de No Impuesto Adeudado:

  • Asegúrese de que el Formulario 86-114 esté debidamente completado y sea legible antes de enviarlo a la oficina de la Contraloría.
  • Compruebe que se hayan presentado todas las declaraciones y se hayan pagado todos los pasivos. Los pagos pendientes pueden ralentizar el proceso, incluso para cantidades que aún no vencen si se ha informado de la obligación tributaria.
  • Para las entidades dentro de un grupo combinado, proporcione un Formulario 05-809, Reporting Entity Acknowledgement of Affiliate Request for Certificate of No Tax Due (PDF) firmado por un representante autorizado de la entidad informante.

Para obtener más información, llame al 800-344-7916, o envíenos un correo electrónico a cntd@cpa.texas.gov.


98-117s
(02/2022)