No se cobra impuesto por los artículos desechables (por ejemplo, servilletas de papel, utensilios de plástico, popotes y bolsas para papas fritas) que se les brindan a los clientes como parte de sus comidas. Los dueños de restaurantes pueden comprar dichos artículos libres de impuesto al emitir un certificado de reventa.
El equipo de cocina, excluyendo herramientas manuales, utilizado para preparar comida o bebidas para venta no es imponible. El equipo que califica incluye:
La mano de obra para reparar y reemplazar partes para el equipo exento también es exento, siempre y cuando el equipo no haya sido incorporado dentro de los bienes raíces. Si el equipo se incorporó en los bienes raíces, el costo por la mano de obra es imponible, pero los costos por las partes será exento con tal que sean citados por separado en la factura. Si los costos por las partes no son citados por separado, sin embargo, el dueño del restaurante puede brindar los documentos (facturas de compra, hojas de propuestas, o inventarios) que justifiquen la exención.
Las rentas y arrendamientos de equipo calificado son exento si el período de la renta contractual es de por lo menos un año. El equipo rentado o arrendado por menos de un año es imponible.
La exención aplica hacia artículos necesarios para cumplir con los requerimientos reguladores para la salud pública o el control de contaminación. Redecillas para el cabello, guantes, y otros artículos requeridos por ley y utilizados durante la preparación de alimentos, por ejemplo, califican para exención, así como los desinfectantes aplicados en las áreas de procesamiento. Sin embargo, no hay exención para los uniformes de los empleados o para la vestimenta vendida a los empleados.
Para reclamar una exención, el comprador debe emitir un certificado de exención al vendedor.
Se pagan impuesto por la mayoría del equipo y servicios utilizados para operar el restaurante: mesas, sillas, bandejas, vasos, platos, utensilios para servir, menús y mantelitos individuales, cubiertos, manteles y servilletas de tela.
También se pagan impuesto por artículos como equipo de oficina, compresores de basura, sistemas de depósito de desperdicios y lavaplatos, y el equipo utilizado para guardar y conservar ingredientes o alimentos. Ejemplos incluyen calentadores de sopas, mesas de vapor, lámparas de calor y barras de ensaladas. Herramientas manuales tales como batidoras de huevos, cucharones, cuchillos, exprimidores de ajos, y otros utensilios similares son imponibles.
Se paga impuesto por el gas natural y la electricidad utilizados para preparar la comida y operar el restaurante, y por servicios para el control de plagas, seguridad, limpieza, recolección de basura, jardinería ornamental, y reparación y remodelación de la propiedad.
El impuesto sobre el uso se paga en bienes y servicios imponibles comprados a un vendedor fuera del estado. Si el vendedor no recauda el impuesto sobre el uso, el comprador debe reportar y pagar el impuesto en la próxima declaración de impuesto sobre las ventas.
Para más información sobre la imponibilidad de artículos específicos, envíenos un correo electrónico a Tax Help.
Los alimentos listos para comer son imponible aún cuando son vendidos “para llevar.” Sin embargo, no se debe impuesto por artículos de panadería (sin importar su tamaño, ya sean pasteles completos o en rebanadas) cuando se venden sin platos o cubiertos.
Mientras que las comidas y bebidas de cortesía no sean imponibles, se debe pagar impuestos por los ingredientes imponibles utilizados en la preparación. Por ejemplo, la carne cruda y los vegetales utilizados para preparar una comida de cortesía no son imponibles, pero el restaurante debe acumular impuestos por bebidas no alcohólicas y por otros artículos imponibles que se sirven.
Cuando dos platillos se venden por el precio de uno, el impuesto se paga sólo por la cantidad que se le cobra al cliente. El platillo “gratis” no es imponible.
No se debe impuesto por la venta de cheques o tarjetas de regalo. El impuesto se calcula en el precio de venta de la comida y se recauda al momento en que se paga con el cheque o tarjeta de regalo.
Un cupón para una comida debe tratarse como un descuento, siempre y cuando el dueño del restaurante no reciba un reembolso por la cantidad del descuento. Por ejemplo, si el dueño de un restaurante publica un cupón de $5 en el periódico y vende el platillo en $15, entonces el impuesto debe de cobrarse por $10 solamente.
No se paga impuesto sobre cualquier propina voluntaria que el cliente paga en adición al precio de su comida. No se debe impuesto sobre la propina obligatoria del 20 por ciento o menos, la cual se encuentra claramente marcada como “tip” o “gratuity” en la cuenta del cliente y distribuida a los empleados quienes regularmente proveen el servicio. Las propinas obligatorias que exceden el 20 por ciento son imponibles.
Las comidas proporcionadas a los empleados del restaurante inmediatamente antes, durante o inmediatamente después de su turno no son imponibles, si las comidas se proporcionan para conveniencia del dueño del restaurante y los empleados son involucrados en preparar y servir los alimentos.
La compra de una comida con la tarjeta Lone Star no es imponible.
94-117s
(11/2006)